martes, 19 de mayo de 2026

Llevarán a las Cortes la petición de las AMPA para mantener 1º y 2º de la ESO en los colegios rurales de León

 El conflicto educativo en torno a la permanencia de los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) en los centros de educación primaria del medio rural leonés suma un nuevo capítulo político. El PSOE de León ha anunciado el registro de una iniciativa parlamentaria en las Cortes de Castilla y León para exigir a la Junta que atienda la petición de las familias, tras mantener una reunión de trabajo con representantes de las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos (AMPA).

 

Un malestar creciente por la "falta de respuesta" institucional

Durante el encuentro —en el que participaron los procuradores autonómicos Nuria Rubio, Mario Rivas, Mabel Fernández y Benjamín Fernández, junto a la secretaria ejecutiva provincial Argelia Cabado— las asociaciones trasladaron los datos actualizados de una movilización que no ha dejado de sumar apoyos desde las protestas del pasado mes de febrero.

 

Según el colectivo de familias, la medida afecta ya de manera directa a unas 3.200 familias. De los 114 centros públicos que vertebran la provincia, la mayoría se ha posicionado a favor de la la propuesta: 62 colegios ya han registrado la solicitud formal y otros 33 respaldan activamente la medida.

 

Las AMPA manifestaron ante los parlamentarios su profundo malestar por el silencio administrativo de la Consejería de Educación y por la "negativa" remitida desde la Dirección Provincial, a pesar de los requerimientos y solicitudes formales presentados consecutivamente durante los meses de febrero, marzo y abril.

 

Vías legales frente al "no" por competencias

Frente al argumento esgrimido por otras formaciones políticas sobre la rigidez de la normativa estatal, la vicesecretaria general del PSOE de Castilla y León, Nuria Rubio, defendió que la administración autonómica dispone de herramientas suficientes si existe voluntad política. "La Junta no puede limitarse a decir que no es competencia suya cuando la propia normativa contempla fórmulas para adaptar la organización educativa a las necesidades del territorio", aseveró Rubio, insistiendo en la necesidad de garantizar la igualdad de oportunidades y evitar desplazamientos prematuros a los niños de los pueblos.

Pinilla

 


Santibañez de Valdeiglesias

 


Huerga de Garaballes

 


ROSARIO DIOS DE PRIARANZA de la Valduerna cumplió 102 años

 


  ROSARIO DIOS  DE PRIARANZA de la valduerna 
cumplió 102 el dia 25 de abril. Fotos del momento con su familia y en con parte de los hijos ella esta en la residencia de Tabuyo del monte 

jueves, 14 de mayo de 2026

Cientos de vecinos se quedan sin la ayuda de los 500 euros

 ANEXO I: LISTADO DE CODIGOS DE DENEGACIÓN 

1. El solicitante no se encuentra al corriente con sus obligaciones tributarias. 

2. El solicitante no se encuentra al corriente con sus obligaciones frente a la Seguridad Social. 

3. El solicitante, a fecha 20 de agosto de 2025, no se encuentra empadronado en una de las localidades desalojadas por los incendios en Castilla y León. 

4. El solicitante está dentro de uno o varios de los siguientes supuestos: - No es propietario con pleno uso y disfrute de un bien inmueble (los nudos propietarios no tienen el pleno uso y disfrute de un bien inmueble). - El bien inmueble no es de uso residencial/vivienda. - El bien inmueble no se encuentra en una de las localidades desalojadas por los incendios en Castilla y León. 

5. El solicitante forma parte de una unidad familiar a la que ya se le ha concedido la ayuda. 

6. El solicitante, a fecha 20 de agosto de 2025, está dentro de uno o varios de los siguientes supuestos: - El familiar que origina el derecho a la ayuda no está empadronado en una localidad desalojada por los incendios. - No existe parentesco hasta el segundo grado, por consanguinidad o afinidad, con el familiar que origina el derecho a la ayuda. 

7. El solicitante no acredita fehacientemente que la unidad familiar haya sido desalojada de una localidad por un incendio en Castilla y León en el verano de 2025. 

8. Inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de la información incorporada a la declaración responsable de la solicitud. No será posible presentar otra solicitud con el mismo objeto (art. 69.4 Ley 39/2015, de 1 de octubre). 

9. El solicitante es menor de edad y carece de capacidad de obrar plena para presentar la solicitud. 

10. El solicitante no es una persona física y, por lo tanto, no forma parte de una unidad familiar. 

11. El solicitante ha fallecido. 

12. Imposibilidad de acreditar el cumplimiento de los requisitos con la documentación aportada. La documentación aportada en la subsanación no responde a lo solicitado en el requerimiento. 

Llevarán a las Cortes la petición de las AMPA para mantener 1º y 2º de la ESO en los colegios rurales de León

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