El Ayuntamiento de Soto de la Vega modifica los artículos 6 y 9 de las ordenanzas que regulan la ayuda a la natalidad en el municipio.
En el articulo 6 donde figuraba que tenían que estar los dos progenitores empadronados con una antigüedad de seis meses anteriores al nacimiento para poder solicitar la ayuda, con la actúal modificación es suficiente que esté empadronado un sólo progenitor con la misma anigüedad para solicitar la ayuda. Para hacer efectiva la ayuda despues del nacimiento deben estar empadronados todos los miembros que figuren en el libro de familia, que con el incremento de 300 a 350€ quedaría hecha la modificación del articulo 9 a la que alude el Ayuntamiento. Lo que se busca con esta modificación es facilitar el acceso a las ayudas a las familias. El acuerdo fue votado por todos los grupos políticos en pleno.
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