viernes, 13 de mayo de 2022
UCCL denuncia que el criterio utilizado para la reducción de módulos fiscales del IRPF de actividades agrícolas y ganaderas carece de un sentido lógico
Otro año más se impone la arbitrariedad a la hora de establecer estos índices.
Esta organización recuerda que los agricultores y ganaderos han tenido que esperar más de un mes para poder hacer la declaración del IRPF, que se inició el 6 de abril.
La Unión de Campesinos de Castilla y León, una vez analizada la Orden HFP/413/2022, de 10 de mayo, por la que se reducen para el período impositivo 2021 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales, vuelve a denunciar que los criterios utilizados son completamente arbitrarios y no responden a ninguna lógica ni sentido común.
Esta Organización agraria señala que no somos capaces de entender como es posible esté sistema de actuar que da lugar a incongruencias tan grandes en donde un término municipal entra y el otro limítrofe no, cuando ambos han sufrido las mismas condiciones adversas o excepcionales, como son las inclemencias meteorológicas.
Seguimos preguntándonos qué criterios objetivos utiliza la Administración para el establecimiento de estos índices. Y cómo todos los años, solicitaremos la revisión de los mismos en los casos que consideremos que se han producido circunstancias excepcionales y que sin, lógica alguna, han sido excluidos de la reducción.
UCCL pide una modificación del sistema empleado para la reducción de los módulos fiscales, ya que el actual genera importantes agravios comparativos entre agricultores y ganaderos de una misma comarca, según el término municipal en el que se encuentre el afectado, e incluso sus parcelas.
Además, UCCL recuerda que los agricultores y ganaderos llevan más de un mes esperando para hacer la declaración de la renta a la espera de que la administración publicara la citada orden. Vemos que cada año lo publican más
tarde, y esto puede provocar acumulación de solicitudes y menos tiempo para realizar el tramite de forma adecuada. Esta orden debería publicarse previo a la apertura de las declaraciones y nunca después como se está haciendo año tras año, y que además no dan lugar a modificaciones de la misma
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