lunes, 16 de mayo de 2016

Los Regantes del Páramo piden la declaración de Zona Catastrófica

La COMUNIDAD GENERAL DE REGANTES DEL CANAL DEL PARAMO como consecuencia de las inclemencias climatológicas, agravadas aun más estos los últimos días por las intensas lluvias caídas, ha celebrado una COMISION PERMANENTE EXTRAORDINARIA con fecha 12 de Mayo, con un único punto del orden del día:
SITUACION DEL CAMPO. - MEDIDAS A ADOPTAR.

En este punto se acordó por unanimidad de los miembros:
Que dada la situación del campo es imprescindible QUE SE EFECTUEN LOS TRAMITES NECESARIOS QUE CONLLEVEN LA DECLARACION DE ZONA CATASTROFICA AL MENOS DE LOS AYUNTAMIENTOS INCLUIDOS EN LA ZONA DOMINADA POR ESTA COMUNIDAD GENERAL, QUE SON LOS DE SANTA MARIA DEL PARAMO, URDIALES, SAN PEDRO BERCIANOS, BERCIANOS DEL PARAMO, LAGUNA DALGA, BUSTILLO DEL PARAMO, VILLAZALA, SANTA MARINA DEL REY, VALDEVIMBRE y VALDEFUENTES DEL PARAMO.
Esta declaración debería conllevar al menos la adopción de las siguientes medidas:

POR PARTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON:
1. — Que se estudie el asunto de los cultivos a sembrar por cada agricultor en sus explotaciones, en la medida en que tener la obligación de sembrar tres cultivos a estas alturas agrava a un más la problemática de siembra de las explotaciones a efectos de
declaraciones de PAC.
2. — Ampliación del plazo de presentación de las declaraciones PAC.
3. — Que se estudien y se adopten las medidas oportunas para que en los planes de mejora se tengan en cuenta la situación de la siembra de las explotaciones.
4. — Créditos blandos a los agricultores para hacer frente a los gastos de inversiones que se han efectuado en las explotaciones agrícolas y gastos de subsistencia familiar.

POR PARTE DE LA ADMINISTRACION CENTRAL:
1. — Reducción de los módulos en la agricultura.
2. — Moratoria en los pagos de la seguridad social y que el tiempo que se exima de pago de las cuotas de la seguridad social, cuente como
periodo cotizado.
3. — Créditos blandos a los agricultores para hacer frente a los gastos de las inversiones que se hayan efectuado en sus explotaciones, en amueblamiento de estas y gastos de subsistencia familiar.

POR PARTE DE LA CHD.
1. — Condonación de pago de las tarifas de la CHD de 2016.
POR PARTE DE LAS ENTIDADES FINACIERAS:
1. — Conceder un año extraordinario de moratoria en los pagos a efectuar de los créditos firmados por estas entidades con las comunidades de regantes, por las inversiones realizadas en la modernización de las obras de infraestructura de las propias comunidades.

RTDO./ COMUNIDAD GENERAL DE REGANTES DEL CANAL DEL PARAMO

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