El Tribunal Supremo, mediante AUTO de 13 de Diciembre de 2018, INADMITE el Recurso de Casación
interpuesto por la Junta de Castilla y León contra la Sentencia 49/2018, de 25 de enero, del Tribunal
Superior de Justicia de Castilla y León, por la cual se anulaba el Decreto 14/2016, que aprobaba el
denominado Plan de Conservación y Gestión del Lobo en Castilla y León, en pleito promovido por
ASCEL.
Es decir, que el PLAN DE CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DEL LOBO en CASTILLA y LEÓN (2016) resulta
definitivamente anulado, al consolidar el Auto del Supremo la Sentencia anterior del TSJCyL, por
desestimación del Recurso de Casación interpuesto por la Junta.
Debemos recordar que el Decreto 14/2016, por el cual se aprobó el Plan, se publicó en el BOCyL el 23 de
mayo de 2016. Frente a esa disposición, ASCEL planteó Recurso Contencioso en Julio de 2016, lo cual
condujo a la Sentencia del Tribunal Superior (Castilla y León) el pasado 5 de febrero de año 2018. Y frente a
esa Sentencia, de un modo que ahora se confirma inadecuado, la Junta decidió interponer un Recurso de
Casación sin fundamento, como ahora se lo ha recordado el Auto del Tribunal Supremo. El Supremo no
hace sino recordar que sí se establecen unos procedimientos, han de ser cumplidos por los administrados
y -también- por las administraciones, incluso cuando las consejerías las dirigan magistrados en excedencia,
como este es el caso, desde julio de 2015.
Con el segundo plan de gestión del lobo de 2016 anulado, y mientras -como medida cautelar- está
suspendido igualmente el Plan de Aprovechamiento cinegético del lobo 2016-2019, a la espera de
Sentencia -que ahora se antoja poco dudosa- la situación de la Junta de Castilla y León, de la Consejería
de Fomento y Medio Ambiente, y de su consejero, es insostenible en materia ambiental, y
especialmente, en lo que toca a la gestión de esta especie protegida.
Y es que ya no cabe ninguna duda del fracaso de la política de ‘gestión’ del lobo. Ya no es posible
enmendar una trayectoria trufada de sentencias que anulan (i) los Cupos 2010-2011, (ii) los Cupos 2011-
2012, (iii) el Plan de gestión de 2016, (iv) los Aprovechamientos Comarcales del lobo de las temporadas
2015-16, además de (v) la suspensión cautelar de los Aprovechamientos Comarcales 2016-19. En el fondo,
no se puede seguir sosteniendo que una especie protegida pueda ser cazada.
Y cualquier enmienda -como otras salidas al paso anteriores de la Junta- presumimos que acabará en la
misma papelera. En ASCEL, haremos todo lo posible para que la gestión del lobo pase por el respeto de su
papel, sin control alguno. Porque, sí alguien piensa que el Plan anterior -2008 (derogado por el ahora plan
de gestión anulado) puede parchear la situación, habrá que recordar que dos sentencias del Supremo, en
su momento, motivaron el actual, anulando partes cruciales del anterior. O de otro modo, la ‘gestión’ del
lobo de la Junta de Castilla y León está en un callejón sin salida.
Sólo con el cumplimiento de las leyes europeas, españolas y autonómicas, en favor de la preservación de la
biodiversidad, incluyendo aquí al lobo, habrá una salida. De ello podríamos tratar con el siguiente gobierno
de la Junta de Castilla y León, convencidos de que que estará ausente el señor Juan Carlos SuárezQuiñones y Fernández, de quién ya no nos molestamos en pedir la dimisión o el cese. Le agradecemos los
servicios prestados.
Rtdo.ASCEL/ (1)ASCEL es una entidad que lucha en España por la protección general, incondicional y real del lobo ibérico.
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